TEORÍA Y PRÁCTICA DE UNA "NOTICIA"...

Ignacio Ramonett, es el director de “L’e Monde Diplomatique”, uno de los pocos periódicos europeos de izquierda y de gran tiraje.

En la página “Rebelión” comenta el libro: “Patrañas, disparates y trapacerías en los medios de comunicación” de otro periodista, Pascual Serrano, que además de dirigir “Rebelión”, es asesor editorial de Telesur, TV conocida por los uruguayos.

En un párrafo Ramonett dice:

“A la hora de la globalización los principales poderes son el poder económico y el poder mediático. El poder político llega en tercer lugar.

Y el poder económico cuando se alía al poder mediático constituye una enorme palanca capaz de hacer temblar a cualquier poder político.
Esta es una de las grandes realidades de hoy, aunque a veces, sigan presentándonos la realidad de manera diferente. Y eso es democráticamente escandaloso, porque el poder político es elegido en las urnas, pero el poder mediático y el poder económico no lo son, y no tienen legitimidad democrática.

Además el poder económico domina cada vez más al poder mediático, porque lo controla, lo compra, lo concentra. Y nos hallamos en una situación "orwelliana" en la que los dueños de la producción industrial son a la vez los amos de los sistemas de manipulación de las mentes.”
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Seguramente, cuando este buen señor escribía ese comentario, no estaba ni remotamente pensando en Uruguay. ¿Pero qué bien nos sienta, verdad?

Como muestra basta un botón.
El texto que está más abajo, es una página de un matutino, durante los días previos al primer fallo de la Corte sobre el IRPF.
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Hipólito Rodríguez Caorsi presentará el lunes su borrador a los demás ministros de la Corporación

IRP también sería impugnable, según proyecto de fallo de SCJ

El proyecto que está redactando el ministro Hipólito Rodríguez Caorsi para poner el próximo lunes a consideración de sus pares en la SCJ propondrá extender los argumentos por los cuales se considera inconstitucional al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (Irpf) también al Impuesto a las Retribuciones Personales (IRP) en caso de que el gobierno resolviera reinstaurarlo, ya que se consideran aplicables a ambos casos, dijeron a este diario fuentes judiciales.

Si bien la argumentación que están desarrollando los ministros en la sentencia se mantiene bajo reserva, las fuentes consultadas dijeron que en el proyecto del dictamen se hará referencia a los principios de los derechos adquiridos, de seguridad jurídica y de capacidad contributiva, que derivan del artículo 72 de la Carta Magna.

El ministro Hipólito Rodríguez Caorsi presentará el proyecto el lunes a sus compañeros Sara Bossio y Jorge Ruibal Pino, quienes se expresaron por declarar inconstitucional el tributo, así como a los ministros Leslie Van Rompaey y Daniel Gutiérrez Proto, que votaron a favor de la constitucionalidad de la aplicación del Irpf a las pasividades.

El conocimiento público del fallo de la SCJ generó en los últimos días una dura polémica en torno al tema, donde representantes del Frente Amplio, como el senador Rafael Michelini (Nuevo Espacio), manejaron la posibilidad de reinstaurar el IRP, aprobado por el Parlamento en 1995, durante el gobierno de Luis Alberto Lacalle, como una opción para continuar cobrando a impuestos a las jubilaciones más elevadas.

En torno a la constitucionalidad del IRP, en una sentencia emitida el 29 de agosto de 1997, la SCJ, que en ese momento integraban los ministros Milton Cairoli, Jorge Marabotto, Juan Mariño, Luis Torello y Ricardo Pérez, desestimó una acción contra el impuesto al concluir que el gravamen no era ilegal.

En aquel fallo, la Corporación consideró que el IRP respetaba los artículos 67 y 8 de la Constitución, donde se hace referencia a la regulación de todo lo vinculado con las jubilaciones y al derecho de igualdad ante la ley, aunque no se pronunció en torno al artículo 72, ya que en la acción ese argumento no fue planteado.
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1) Se comienza diciendo: “...el proyecto que está redactando el presidente de la Corte”. Si lo está redactando, entonces aún no lo presentó en ningún lado y si el diario ya lo sabe, le adjudicarían a Rodríguez Caorsi una muy interesante infidencia.

2) Pero lo importante era el mensaje: “Tampoco va lo del IRP”. Tal vez, se hayan disculpado con el presidente de la Corte.

3) Al otro día el Dr. Rodríguez Caorsi, expresa claramente en un reportaje en radio El Espectador : “...Que en ningún momento la Corte consideró absolutamente nada sobre el IRP, porque eso nunca estuvo en consideración dentro de lo que tiene para resolver.!!!”

De las 26 líneas que tiene la “noticia”, 22 refieren al IRP. Y ya lo dijo el Dr.Caorsi que "es absolutamente imposible, pensar siquiera en ese tema". Gran error de la redacción. ¿Verdad?

Así tratan a sus lectores algunos periódicos. ¡Cuánta razón hay en lo escrito por Ramonett!!!

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